A pesar de tener un Código de Ética de las obligaciones para con los deudores y el público en general, las prácticas de maltrato y/o amenaza por parte de los despachos de cobranza continúan.
Y es que, de acuerdo con cifras de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financiero (Condusef), a mayo de este año las acciones de atención por el actuar de dichos despachos sumaban nueve mil 212, es decir, 26 por ciento del total que se presentaron al cierre de 2012.
Durante el año pasado, este organismo regulador y supervisor recibió un total de 35 mil 675 acciones de atención en contra de despachos de cobranza bajo el concepto de "gestión de cobranza y ofensa".
De dichas acciones, 75 por ciento de los motivos de queja por parte de los usuarios correspondieron a que no eran el cliente deudor; 18 por ciento a que los agentes de cobranza realizaron la gestión con maltrato; y 7 por ciento se debió a que el crédito ya había sido pagado.
Ello, a pesar del Código el cual tiene el propósito de establecer el respeto mutuo a la dignidad entre deudores, acreedores y sus representantes.
Al respecto, Marco Carrera Santa Cruz, director general de Educación Financiera de la Condusef, subrayó que “si bien, dicho código ha ofrecido avances, las cifras antes referidas reflejan la necesidad de que las entidades financieras cuiden las prácticas de cobranza”.
Refirió que es muy importante proporcionar los datos de quienes están gestionando la deuda: el nombre de quién está cobrando, nombre del despacho, a qué institución representa, hora, teléfono, etcétera, ya que con esta información se puede detectar a quienes continúan maltratando a los usuarios.
Si bien, destacó, las instituciones financieras y las empresas de cobranza están en su derecho de recuperar su dinero, también hay formas adecuadas de hacerlo sin agredir e invadir la privacidad de los usuarios.
En este sentido, subrayó que los despachos están obligados a identificarse plenamente ofreciendo el nombre completo de la persona que llama, nombre de la empresa para la que labora y la institución que requiere el cobro.
Explicar la situación del adeudo, saldo y la forma en la que se va a negociar la deuda; en caso de llegar a un acuerdo, debe entregar un convenio firmado, antes de que se realice algún pago.
Por el contrario, aclaró, no deben: hablar con lenguaje obsceno, acosar o amenazar; simular que son autoridad judicial, con actitudes, vocabulario o papelería amenazante; comunicarse con menores o personas de la tercera edad; hacer llamadas entre las 11 de la noche y las 6 de la mañana para efectuar el cobro.
Tampoco deben utilizar cartelones u otro medio impreso para exhibir en el domicilio; incrementar el adeudo de manera irregular o hacer ofrecimientos sin autorización de la institución financiera.