Inconstitucional consulta popular para encarcelar a ex-presidentes

Las consultas populares son un método de opinión para el poder legislativo y ejecutivo, sin embargo, el poder judicial no debe de repercutir las decisiones de la población, si no las de la ley.

 Ciudad de México, 31 de agosto 2020, - En entrevista para Urbe de Hierro con Miguel Ángel López Farías, el catedrático Mario Rosales,  comentó los juicios a los ex-presidentes; expresó que en el caso de existir actividades criminales por parte de los antiguos mandatarios, estas no deben de quedar impunes. Señaló que la impunidad ha dañado a la sociedad mexicana en gran medida, principalmente porque ha permitido la corrupción, además del gobierno de la 4T no debe de permitir que los actos impunes sean olvidados y perdonados sin importar la persona que los haya cometido por lo que deben ser señalados y castigados estrictamente.

Agregó que las consultas populares son un excelente método por parte del gobierno legislativo y ejecutivo para resolver dudas sobre las decisiones que repercutan en la población, por ejemplo, las propuestas de leyes o la distribución del presupuesto, indicó que las consultas deben de ser elaboradas mediante preguntas a favor o en contra al tema a tratar, sin embargo, remarcó que la ley establece que el poder judicial no es electo por el pueblo, ya que las resoluciones tomadas deben ser de acuerdo al derecho y no deben de intervenir otros factores como la simpatía de la población por lo que está sucediendo, por lo que es un mal uso de la consulta popular.

Añadió que estas encuestas violan las garantías individuales y derechos humanos de los ex-presidentes, igualmente infringe los artículos 14, 16 y 21 constitucionales ya que el único que puede decidir si se inicia un proceso de investigación y de encarcelamiento son los jueces, por lo que pueblo no tiene facultades para decidir si se incrimina una persona. Argumentó que estas acciones ponen en una situación compleja a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCLN) ya que esta debe de decidir conforme al derecho, sin embargo, la misma corte debe de decidir si la pregunta de consulta es constitucional.

Remarcó que en el caso de que la SCJN decida no proseguir con la consulta puede crear conflictos internos con los jueces y magistrados integrantes de la corte, ya que de los 11 solamente 4 fueron asignados por la administración actual y los 7 restantes fueron designados por ex-presidentes, y supondría un conflicto de intereses; y en el caso de aceptar la propuesta reflejaría que la corte funciona de acuerdo con los intereses políticos del presidente y perdería su autonomía. Finalizó que en el caso que la consulta se apruebe el (Instituto Nacional Electoral, INE) tendría que trabajar a marchas forzada ya que a parte de las elecciones del próximo año y la consulta se tendría que llevar a cabo sería un gasto que afectaría a la economía nacional ya dañada por la pandemia de Covid-19.

“Urbe de Hierro”

Follow Us on Social

Most Read