Ciudad de México, 8 de septiembre 2020, - A través de una iniciativa, la senadora Xóchitl Gálvez Ruiz, del PAN, planteó modificar el procedimiento para nombrar al titular de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) a efecto de corregir y aclarar diversos puntos que son causantes de divergencias.
La legisladora propuso que se especifique que en un plazo de dos años previos, los candidatos no hayan desempeñado cargo en algún comité ejecutivo nacional, estatal o municipal; ni haber sido miembro de algún consejo nacional o estatal en algún partido político, candidato, propietario o suplente, a algún cargo de elección popular federal, estatal o municipal.
También planteó eliminar el requisito de ser mexicano por nacimiento para poder acceder a la titularidad de la CNDH, ya que esa limitante, precisó, implica un acto discriminatorio en contra de los mexicanos por naturalización.
La reforma establece un procedimiento de elección, el cual funcionaría como un mecanismo de evaluación escrita a los candidatos, el cual permita a las comisiones dictaminadoras contar con elementos objetivos de selección.
Xóchitl Gálvez dijo que también se debe dejar claro que una terna solamente puede ser presentada ante el Pleno una sola vez, y en caso de no lograrse la mayoría calificada, deberá desecharse y se integrará una nueva, en la que no podrá figurar ninguno de los candidatos rechazados en aquélla.
En la elección del Pleno del Senado o de la Comisión Permanente, precisó, deberá realizarse mediante votación nominal, abundando en la transparencia y claridad en el procedimiento y fomentando que los legisladores que eligen asuman sus determinaciones y puedan rendir cuentas a sus electores.
Es fundamental transitar de procedimientos en los que se reconoce la cercanía, la amistad o la coyuntura política, a mecanismos que reconozcan el mérito, la preparación y la experiencia, expresó.
Con estas modificaciones legales, explicó, se fortalecerá el carácter autónomo de la CNDH, pues se establecen filtros objetivos que permitirán la decantación de candidatos que no cumplan con los requisitos y, a su vez, mejora considerablemente el procedimiento de elección, incrementando la certeza jurídica y disminuyendo la posibilidad de decisiones arbitrarias.
La iniciativa que reforma la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política, se envió a las comisiones unidas de Derechos Humanos y de Estudios Legislativos, Segunda.