-Con la decisión de la Corte, todos los enjuiciados desde hace siete años por intervenciones telefónicas
de los militares podrán impugnar los procesos.
México, 17 de abril 2023—La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó ayer una norma que permitía a los militares intervenir llamadas telefónicas de civiles sin autorización de un juez.
La decisión se da en medio de crecientes cuestionamientos en contra de la participación de los elementos castrenses en labores de seguridad pública y ante las denuncias de hackeo por parte del Ejército a los teléfonos celulares de activistas.
La resolución fue adoptada por ocho de los 11 ministros del máximo tribunal. Ellos invalidaron la norma prevista en el Código Militar de Procedimientos Penales, vigente desde mayo del 2016. Ese precepto legal fue impugnado por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), que presentó una acción de inconstitucionalidad contra la normativa.
La decisión se aplicará de forma retroactiva desde el 2016, lo que abre el camino para que todos los enjuiciados desde hace siete años por intervenciones telefónicas de los militares puedan impugnar los procesos alegando el uso de pruebas ilegales.
El proyecto de sentencia fue promovido por Luis María Aguilar, quien afirmó que algunos de los controles previstos en el Código Militar para las intervenciones de llamadas no eran claros ni suficientes.
Aguilar sostuvo que la normativa “puede tener como consecuencia el uso arbitrario por parte de la autoridad ministerial (militar), al poder realizarla, no sólo respecto de personal militar sujeto a una investigación sino sobre personas ajenas al fuero castrense”.
Sergio Méndez, quien es abogado de la organización civil Fundación para la Justicia, consideró como “muy importante” la decisión de la Suprema Corte porque “establece límites” a los procedimientos de investigación militar, pero manifestó dudas de que el Ejército cumpla la sentencia.