Las autoridades sanitarias establecerán acciones de orientación, vigilancia, capacitación y fomento para la lactancia materna, así como para el amamantamiento, “incentivando que la leche materna sea alimento exclusivo durante seis meses y complementario hasta avanzado el segundo año de vida”.
La Cámara de Diputados también aprobó un dictamen que reforma la fracción II Bis del artículo 64 de la Ley General de Salud, para que se cree al menos un Banco de Leche Humana (BLH) en cada entidad federativa, en los establecimientos de salud que cuenten con servicios neonatales.
Lo anterior, porque los diputados aprobaron reformas a la Ley General de Salud, con la finalidad de impulsar la lactancia materna como alimento exclusivo durante los primeros seis meses de vida y la instalación de lactarios en centros de trabajo en los sectores público y privado.
Estas acciones serán tendientes a mejorar el estado nutricional del grupo materno-infantil, también comprenderán la instalación de lactarios en los centros de trabajo de los sectores público y privado.
Para tal efecto, la Secretaría de Salud establecerá, en un plazo no mayor de 180 días hábiles, contados a partir de la entrada en vigor del decreto, la normatividad para la instalación y funcionamiento de los lactarios.
Asimismo, instituirá las acciones que deban realizar las dependencias o entidades de la administración pública federal, para dar cumplimiento a lo dispuesto, las cuales deberán sujetarse a la disponibilidad presupuestaria que se apruebe para dichos fines en el Presupuesto de Egresos de la Federación.
La Organización Mundial de la Salud (OMS) y el Fondo de Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) destacan la importancia de leche materna en las necesidades biológicas y alimentarias de los menores.
Ambas instituciones internacionales recomiendan como imprescindible la lactancia materna exclusiva durante los seis primeros meses del recién nacido, así como también seguir amamantando hasta avanzado el segundo año de vida, al mismo tiempo que se va ofreciendo al bebé otros alimentos complementarios, detalla.
Avalan diputados Ley de Asistencia Social
En la sesión de este miércoles, la Cámara de Diputados avaló el dictamen que reforma la Ley de Asistencia Social, con el objetivo de incluir preferentemente a madres solas que tengan a su cuidado menores de edad, así como a huérfanos y a adultos mayores con discapacidad o que ejerzan la patria potestad.
Con la modificación se incluye a madres solas para recibir preferentemente asistencia social, que tengan a su cuidado hijos menores de 18 años de edad, además en estado de gestación o lactancia, como ya preveía.
Se añade a menores en situación de orfandad, al igual que ya se contemplan niñas, niños y adolescentes que presentan desnutrición, deficiencias en su desarrollo físico o mental, o cuando éste sea afectado por condiciones familiares, entre otros casos.
La reforma también prevé que adultos mayores reciban, de manera preferente, asistencia social cuando cuenten con alguna discapacidad, o que ejerzan patria potestad; anteriormente se incluía sólo situaciones de desamparo, incapacidad, marginación o maltrato.