México, 21 de septiembre 2021.-- Por unanimidad, el Senado de la República aprobó una reforma para fortalecer la
prevención y atención de muertes súbitas cardíacas, por lo que la Secretaría de Salud deberá determinar las normas para atender estos sucesos en los centros laborales, educativos, deportivos y sociales.
El proyecto modifica la Ley General de Salud para que dicha dependencia federal promueva la coordinación con el sector público y privado; así como las disposiciones administrativas correspondientes para la correcta instalación de desfibriladores externos automáticos, además de la regulación aplicable a las unidades de emergencia de los hospitales y ambulancias.
Dispone que se deberán colocar estos equipos en todo espacio de carácter público o privado, centro de trabajo, cultural, deportivo, instituciones educativas o académicas, centros recreativos, terminales de tipo de transporte, vías generales de comunicación, así como aquellos que, por su naturaleza, representen riesgos cardiovasculares.
Al presentar el dictamen, el presidente de la Comisión de Salud, Américo Villarreal Anaya, aseguró que actualmente la principal causa de muerte en México y en muchos de los países desarrollados son las enfermedades cardiovasculares.
El legislador dijo que 70 por ciento de estos padecimientos suceden fuera del ámbito hospitalario, “se dan en los domicilios, oficinas o en lugares de alta concentración de población”.
Para evitar este tipo de situación, subrayó, el avance científico y técnico cuenta ahora con equipos desfibriladores automáticos externos, para su aplicación y uso se tiene un simple procedimiento, el cual no lleva más de tres horas de capacitación a grupos de protección civil para que puedan implementarlo dentro de estas áreas de alta concentración.
Para ello, proponemos que bajo este esquema se utilice este equipo médico, de bajo costo, y exista la posibilidad de que, en zonas y edificios públicos, el personal capacitado pueda ayudar y dar atención inmediata, mientras llegan las unidades de terapia intensiva y de reanimación avanzada.
A nombre de la Comisión de Estudios Legislativos, Segunda, la senadora Ana Lilia Rivera Rivera destacó que el proyecto es pertinente y necesario porque, de acuerdo con la Organización Mundial de la Salud, las principales causas de mortalidad en el mundo son las enfermedades del corazón.
Mientras que a nivel nacional las muertes ocasionadas por este padecimiento han ocupado el primer lugar de decesos durante varios años, mencionó.
La legisladora de Morena manifestó que incluso en el 2020, año trágico en el número de decesos a nivel global a consecuencia de la pandemia, en México las enfermedades del corazón prevalecieron como la principal causa de muerte, dejando en segundo lugar los fallecimientos por Covid-19.
Por su parte, la senadora Lucy Meza, de Morena, expresó que la utilización de desfibriladores externos, junto con la realización de maniobras básicas de reanimación cardiopulmonar, ha demostrado aumentar significativamente la supervivencia de personas que han sufrido paros cardiacos súbitos.
La Asamblea aprobó una modificación al artículo 57 del dictamen, que propuso el senador Miguel Ángel Mancera Espinoza, del PRD, para que, en caso de que una persona preste la atención inmediata médica a aquella que presente un riesgo inminente de vida, no tendrá repercusión legal alguna por las consecuencias derivadas de dicho acto y por su conducta solidaria. El proyecto de decreto se remitió a la Cámara de Diputados.