Avalan geolocalización de teléfonos celulares en tiempo real

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Por mayoría de ocho votos a favor y tres en contra, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró la constitucionalidad y validez de las normas que permiten a las procuradurías ordenar la geolocalización de teléfonos celulares en tiempo real, sin previa autorización de un juez.

Sin embargo, adicional a las normas ya establecidas, en el momento de emitir la orden al concesionario la autoridad investigadora deberá exponer una motivación que “mínimamente razone” la petición, estableció la SCJN.

Así, deberá señalar al menos cuál es la averiguación previa en que se provee la medida y las condiciones fácticas que adviertan del eventual daño a las personas o de la ocultación de datos para esclarecer los hechos, de todo lo cual deberá quedar constancia en el expediente de la averiguación previa.

Estos requisitos, ante la eventualidad de que se incurra en abusos o excesos en el uso de las facultades de investigación de las procuradurías que eventualmente obligan a reparar violaciones a los derechos humanos, o a decidir sobre la validez de las pruebas recabadas en un juicio posterior.

En la sesión, tres ministros mantuvieron su rechazo a la resolución de la mayoría, e insistieron en la inconstitucionalidad de las normas, como alegaba la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).

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