México, 02 de julio 2023—La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) resolvió
por unanimidad de votos de las y el integrante, tres medidas cautelares; una solicitada por el partido Morena en contra de Silvano Aureoles Conejo, la segunda presentada por un ciudadano en contra de Adán Augusto López Hernández por actos anticipados de precampaña y campaña, y una presentada por el Partido Acción Nacional (PAN) en contra del Presidente de México, por la presunta violación a los principios de imparcialidad, neutralidad y legalidad.
El PAN denunció al Presidente de la República y quien resulte responsable, por el presunto uso indebido de recursos públicos, violación al principio de imparcialidad y equidad en la contienda electoral, derivado de que el 26 de junio pasado, durante la conferencia matutina denominada la “Conferencia Mañanera”, realizó manifestaciones relacionadas con, lo que él denominó “el proceso de renovación en la dirección del movimiento de transformación de Morena”, y con el proceso de selección de candidatos de la oposición.
Al respecto, la Comisión consideró, el deber que tienen todos los servidores públicos de respetar en todo momento los principios constitucionales de neutralidad y equidad en la contienda, además que en diversas fechas se resolvió conminar al funcionario denunciado para que ajustara sus actos y conductas a los parámetros constitucionales, con el fin de no afectar la equidad en las contiendas, por lo que existe un riesgo real de que la conducta denunciada ocurra nuevamente. Se precisó que esta determinación de forma alguna constituye un acto de censura previa, sino que es una medida que de forma precautoria protege la equidad, como pilar del sistema democrático.
En consecuencia, se ordenó a la Presidencia de la República eliminar o modificar las publicaciones que contienen audiovisuales y/o versiones estenográficas de la conferencia matutina del 26 de junio de 2023, en cualquier plataforma oficial que esté bajo su administración, esto en un plazo de 24 horas; y al Titular del Ejecutivo Federal, se abstenga de realizar o emitir manifestaciones, opiniones o señalamientos sobre temas electorales, llamar a votar o no votar por determinados partidos políticos o movimientos electorales, bajo cualquier modalidad o formato de comunicación oficial; cuidando que su actuar se encuentre ajustado a los principios constitucionales de imparcialidad y neutralidad.
::: Comisión niega dos medidas cautelares :::
En otro asunto, el colegiado negó las medidas cautelares solicitadas en contra de Adán Augusto López Hernández, derivado de la colocación de dos espectaculares en Michoacán, con su imagen, así como la utilización de recursos a su cargo.
Desde una perspectiva preliminar, la Comisión concluyó que no procede el dictado de las medidas cautelares, puesto que los espectaculares, constituyen publicidad de una revista relacionada con su actividad periodística, lo cual está amparado en la libertad de expresión, en su vertiente de libertad comercial. Por cuanto a la solicitud de tutela preventiva se consideró improcedente al no tener apariencia de ilicitud y tratarse de hechos futuros de realización incierta.
Por último, el órgano electoral conoció la queja del partido Morena contra Silvano Aureoles Conejo, por la presunta realización de actos anticipados de precampaña y campaña, con relación al Proceso Electoral Federal 2024, esto derivado de las declaraciones realizadas en diversos medios de comunicación lo que, a decir del quejoso, le sobreexpone ante la ciudadanía.
La Comisión determinó negar la medida cautelar solicitada, toda vez que los hechos denunciados tratan de expresiones publicadas en fechas pasadas y debe mediar la voluntad de las personas para acceder a su contenido; igualmente se declaró improcedente otorgar la tutela preventiva al versar sobre hechos futuros de realización incierta.
Al igual que a las y los actores políticos denunciados, el colegiado hizo un llamado a Silvano Aureoles Conejo, a que, en todo tiempo, ajuste las conductas de sus aspiraciones políticas a los límites y parámetros constitucionales antes expuestos, en particular, a la obligación de conducirse acorde a los principios de legalidad y equidad.
En el marco de la sesión ordinaria de la Comisión Local de Vigilancia de la Junta Local, el maestro Sergio Bernal Rojas, Vocal Ejecutivo de la Junta Local del INE en Quintana Roo, presentó a la Vocal de Registro Federal de Electores, Yessenia Marlene Polanco Dzul a los representantes de partidos políticos que integran esta Comisión.
En esa misma línea, aprovechó el espacio para informar los resultados de los Convenios para la identificación de personas a través del método de biometría y colaboración para la localización de personas desaparecidas. Por lo que destacó que el Instituto Nacional Electoral (INE) ha asumido su responsabilidad social para coadyuvar con las diversas instituciones a nivel federal y local para la búsqueda de personas desaparecidas y la identificación de personas no localizadas. Lo anterior, en cumplimiento a lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados (LGPDPPSO) y la normatividad aplicable.
Destacó que, además de los derechos político-electorales de la ciudadanía para solicitar inscripción al padrón electoral, actualizar su situación registral y obtener su credencial para votar con la que podrán ejercer su derecho al sufragio, este ejercicio permite darle un valor social al Padrón Electoral, de tal manera que se pueda retribuir a la sociedad la confianza que deposita en el INE para entregar sus datos para obtener su Credencial para Votar y reconocerla como el medio de identificación primordial de las ciudadanas mexicanas y los ciudadanos mexicanos.
En este sentido, informó que el número de personas desaparecidas y no localizadas se ha incrementado en México y que de acuerdo con datos de la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas (CNBP), en el periodo del 1º de diciembre de 2006 al 6 de junio de 2023, 1 se han reportado 94 mil 930 personas desaparecidas y no localizadas.
El INE realiza la localización mediante un Sistema de Identificación Automatizado de Huellas Dactilares (AFIS por sus siglas en inglés) y el de Identificación Automática de Biométricos (ABIS).