MÉXICO, 28 DE FEBRERO 2024--El Pleno del Senado aprobó, con 75 votos a favor, aumentar hasta en una mitad
las penas, cuando el delito de violencia familiar se cometa en contra de una mujer embarazada, una persona adulta mayor o una persona con discapacidad.
El dictamen, que reforma el Código Penal Federal y que fue enviado al Ejecutivo Federal, establece que no es admisible, en ninguna circunstancia, que se violente a los sectores más vulnerables de la población.
Toda autoridad, cualquiera que sea su ámbito de competencia u orden de gobierno, tiene el deber de cuidar, proteger, asegurar y salvaguardar la integridad y desarrollo de las mujeres embarazadas, los adultos mayores y las personas con discapacidad, plantearon las y los senadores.
Indicaron que es necesario que el sistema penal acusatorio atienda el efectivo acceso a la justicia de las personas de dichos sectores, para que cualquier conducta antijurídica sea sancionada con el mayor rigor de la ley.
Por ello, es que establecieron que se aumenten hasta en una mitad las penas, en su mínimo y en su máximo, a quien cometa violencia familiar en contra de una mujer embarazada, una persona adulta mayor o una persona con discapacidad.
Posteriormente, la Asamblea aprobó, con 66 votos, un dictamen que busca aumentar las penas, hasta en una mitad, para quienes abusen de una persona menor de 15 años, o que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho y por el uso de violencia.
La reforma al artículo 261 del Código Penal Federal, que fue enviada al Ejecutivo Federal, va encaminada a proteger y garantizar los derechos de las personas menores de edad, al mismo tiempo que busca atender el interés superior de la niñez.
Además, con la finalidad de promover, respetar, proteger y garantizar la igualdad entre hombres y mujeres, las y los senadores aprobaron, con 71 votos, un dictamen para derogar el artículo 158 del Código Civil Federal, el cual fue enviado a la Cámara de Diputados.
La disposición que se plantea eliminar establece que: en el caso de divorcio la mujer no pueda contraer nuevo matrimonio sino hasta pasados 300 días después de la disolución del anterior, a menos que dentro de ese plazo diere a luz a un hijo.
Dicho artículo, enfatizaron las y los senadores, resulta inconstitucional, porque está en menoscabo de los derechos y libertades de las mujeres.
Finalmente, el Pleno del Senado aprobó, con 71 votos a favor y tres abstenciones, reformar el artículo 10 del Código Nacional de Procedimientos Penales, a fin de propiciar y fomentar la no discriminación por motivos de sexo, género u orientación sexual.
El documento, que fue enviado a la Cámara de Diputados, propone dotar de herramientas a las personas juzgadoras, para que apliquen correctamente la perspectiva de género en su quehacer jurisdiccional.
La propuesta establece que en el caso de que las personas sean susceptibles de encontrarse en una situación de desigualdad y exclusión, debido a la presencia de una asignación social diferenciada de roles y tareas, en virtud del sexo, genero u orientación sexual, que se traduzcan en una disminución en sus oportunidades y derechos, las personas juzgadoras aplicarán la perspectiva de género en su quehacer jurisdiccional.
Al hacer uso de la palabra, el presidente de la Junta de Coordinación Política, Ricardo Monreal, consideró que los dictámenes colocan a nuestro país en una posición de vanguardia, equidad, igualdad y perspectiva de género.
Como ejemplo, mencionó la minuta para derogar “la anacrónica y absurda” disposición que mantiene el Código Civil, desde el siglo pasado, que estipula que las mujeres, en el caso de separarse o divorciarse, tendrán que esperar 300 días para volverse a casar.
La presidenta de la Comisión de Justicia, Olga Sánchez Cordero, dijo que estas reformas demuestran que el Senado de la República está comprometido con los derechos humanos y procesales.
La Cámara de Senadores, agregó, “está comprometido con la justicia y la protección de la población y refrenda el compromiso con la garantía de hacer respetar los derechos de todas las personas”.
En tanto, la presidenta de la Comisión de Estudios Legislativos Primera, Mayuli Latifa Martínez Simón, expresó que es necesario reformar todas las disposiciones legales que aún violentan la equidad de género y que limitan el empoderamiento de las mujeres y las niñas.
La senadora Josefina Vázquez Mota, del PAN, señaló que aún se encuentran brechas dentro de las leyes que son “insospechadas e inaceptables”, como la prohibición a las mujeres a casarse nuevamente, antes de que pasen 300 días desde que se divorciaron.
Miguel Ángel Mancera, senador del PRD, destacó que es necesario que las personas juzgadoras apliquen la perspectiva de género, porque los estereotipos producen situaciones de desventajas al juzgar.
El senador Germán Martínez Cázares, del Grupo Plural, destacó que es necesario que las reformas rompan de tajo el pacto patriarcal que sigue vigente en algunos dispositivos de algunas de las leyes, así como “para acabar con esos reductos de machismo jurídico y con esa masculinidad vergonzante”.