Necesario proteger a menores: tipificar delito de pederastia.

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* El día de mañana se presentará ante el Pleno del Congreso de la Ciudad de México, una iniciativa de reforma al Código Penal del Distrito Federal para tipificar el delito de pederastia
 
“Los niños menores de 5 años tienen voz, pero no tienen voz, no avisan cuando  han sido abusados sexualmente” afirmó el diputado de Morena, Nazario Norberto Sánchez al inaugurar el foro ¿Abuso sexual infantil o pederastia? que organizó en conjunto con la Fundación Iris A.C., que dirige Erika Nicteha Flores Gutiérrez.
 
Agregó que por eso se presentará una reforma al Código Penal para el Distrito Federal para adicionar un capítulo al título quinto, del libro primero, con la finalidad de tipificar a la pederastia como un delito, a través del cual una persona se aprovecha de la confianza, subordinación y superioridad contra un menor de 18 años para obligarla, seducirla o convencerla de ejecutar cualquier acto sexual con o sin su consentimiento.
 
El también presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales e Iniciativas Ciudadanas, afirmó que estos delitos muchas veces son cometidos por personas cercanas a los menores como padres, hermanos, tíos, abuelos, o como el caso de la estancia infantil de la colonia Aragón, de la alcaldía de Gustavo A. Madero, donde un conserje abusó de varios menores.
 
“Nosotros estamos en contra de estas cuestiones aberrantes, es por eso que mañana vamos a presentar en Tribuna, con mucho respeto y apoyo esta iniciativa para los que no tienen voz, aunque sean niños, vamos a darles todo el apoyo con mucho cariño”, aseveró.
 
Por su parte, la moderadora del evento, Zinia G. Rodríguez Fernández, presidenta fundadora y directora de la Cámara Nacional de la Mujer, dijo que los crímenes sexuales son infames, humillantes, denigrantes e inhumanos porque atentan contra la libertad sexual y el normal desarrollo de quien los padece.
 
Al referirse a la iniciativa, comentó que “actualmente se sancionan los delitos respecto a la libertad y la seguridad sexual y el normal desarrollo psicosexual de las personas, incluidos los menores de edad. Cabe destacar que la pederastia como conducta tipificada a modo de delito se distinguirá de la violación, el abuso sexual o el acoso sexual cometidos en perjuicio de los menores de 12 años de edad”, añadió.

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