Propone Congreso CDMX incrementar penas al secuestro y simulación de secuestro y castigo a la filtración de investigaciones en curso

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• El legislador José Rodríguez Díaz de León (MORENA), presentó iniciativa para
modificar el artículo 167 BlS del Código Penal para imponer de cuatro a 16 años de prisión a quien simule la privación de la libertad de una persona para conseguir rescate.
• La diputada Ana Patricia Báez Guerrero (PAN) propuso castigar de dos a ocho años de prisión y de 50 a 300 días de multa, al servidor público que difunda o comunique a terceros la información de expedientes en un proceso penal.
• Tonatiuh González Case (PRI) propuso una adición al artículo 129 BIS del Código Penal local que busca equiparar el homicidio de niños, personas discapacitadas y personas de la tercera edad, con el delito de feminicidio.
Para fortalecer la tipicidad de los delitos cometidos en materia de secuestros, el diputado José Luis Rodríguez Díaz de León propuso modificar varios artículos del Código Penal para el Distrito Federal y castigar de 40 a 80 años de prisión, y de mil a 4 mil días de multa, a quienes priven de la libertad con el propósito de obtener un rescate; así como de cuatro a 16 años de prisión a quien simule un secuestro con el mismo objetivo.
El legislador integrante del grupo parlamentario de MORENA en el Congreso local explicó que su iniciativa propone modificar el artículo 163 del mencionado código y añadir los incisos  que estipulen que al que prive de Ia libertad a otro se le aplicarán:
 l. De cuarenta a ochenta años de prisión y de mil a 4 mil días multa si Ia privación de la libertad se efectúa con el propósito de: a) Obtener para sí o para un tercero rescate o cualquier beneficio; b) Detener en calidad de rehén a una persona y amenazarla con privarla de la vida o con causarle daño, para obligar a sus familiares o a un particular a que realice o deje de realizar un acto cualquiera; c) Causar daño o perjuicio a la persona privada de la libertad o a terceros.
Rodríguez añadió que también se propone modificar el artículo 167 Bis para imponer de cuatro a 16 años de cárcel al que simule la privación de la libertad de una persona con la intención de conseguir alguno de los propósitos señalados en el artículo 163 del Código Penal del Distrito Federal.
La iniciativa se turnó a la comisión de Administración y Procuración de Justicia del Congreso capitalino.
 
Aumentar penas contra servidores públicos que difundan información de expedientes en un proceso penal
La diputada Ana Patricia Báez Guerrero, integrante del grupo parlamentario PAN en el Congreso de la ciudad, presentó la iniciativa con proyecto de decreto para castigar de dos a ocho años de prisión y de 50 a 300 días de multa, al servidor público que difunda o comunique a terceros no legitimizados la información de expedientes de un proceso penal o datos personales que son parte de los mismos.
La legisladora dijo que es obligatorio resguardar la identidad de las personas que participan en los procesos para que no se difundan y filtren, permitiendo que los procesos no se sometan a intervenciones externas que contaminen la correcta administración de justicia. 
Además, dijo que la información personal y el contenido de los expedientes deben mantenerse a resguardo, ya que así se fomenta la cultura de la denuncia y se evita que las víctimas teman porque sus nombres o los de sus familiares salgan a la luz pública.
“En el caso de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México, nos encontramos ante una ley que determina conductas sancionables pero sin la correspondiente descripción del castigo que amerita por la comisión de las mismas. En el mismo caso encontramos que el Código Nacional de Procedimientos Penales dispone sobre el tratamiento indebido de los datos personales y de las personas que intervienen en un proceso penal, sin embargo tampoco señala sanciones específicas, ya sea administrativas o penales”, destacó la legisladora Báez Guerrero.
Por lo anterior pidió modificar la fracción quinta del artículo 299 del Código Penal del Distrito Federal para castigar de dos a ocho años de prisión y de 50 a 300 días de multa al servidor público que difunda o comunique a terceros.
El punto se turnó a las Comisiones de Administración y Procuración de Justicia así como a la de Transparencia y Combate a la Corrupción.
 
PRI propone equiparar homicidio de niños, personas discapacitadas  y adultos mayores con el delito de feminicidio
A su vez, el diputado Tonatiuh González Case, integrante del grupo parlamentario del PRI, presentó la iniciativa por la que a través de una adición al artículo 129 Bis del Código Penal para el Distrito Federal, se equipare el homicidio de niños, personas discapacitadas  y personas de la tercera edad, con el delito de feminicidio, imponiendo así de 30 a 60 años de prisión. 
“Es obligación del Estado brindar los datos sobre la incidencia exacta de este fenómeno que aqueja a la población más vulnerable, así como de la disponibilidad de los mecanismos de prevención, los cuales hoy en día son muy escasos. Los niños, niñas y adolescentes menores de 12 años, las personas adultas mayores de 60 años y personas con discapacidad se encuentra dentro de la categoría de personas vulnerables debido a sus características físicas que son inferiores a las de una persona que se encuentra en plenitud”, agregó el legislador González Case.
El punto fue turnado a la Comisión de Administración y Procuración de Justicia del Congreso de la Ciudad de México. 

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