Proponen cárcel por quebranto de sellos de clausura o suspensión

 
• El diputado Carlos Castillo Pérez planteó reformar el Código Penal para que la
sanción de 2 a 7 años de prisión no recaiga en los albañiles  
 
Con el objetivo de proteger a trabajadores de la construcción de los abusos de sus empleadores para que continúen las obras pese a sellos de clausura o suspensión, el diputado Carlos Castillo Pérez, propuso reformar el Código Penal para que las sanciones recaigan en las empresas y responsables legales de la construcción.
 
El legislador sostuvo que no es desconocida la detención de albañiles que –por acatar las órdenes de sus patrones- continúan construyendo, y están sin  protección legal, además están expuestos a perder su trabajo y libertad, por el simple hecho de acatar la instrucción de su superior.
 
Por lo anterior, el legislador propuso reformar el artículo 286 del Código Penal para imponer de 2 a 7 años de prisión y de 100 a 500 días multa al titular, propietario o responsable de una construcción, anuncio o establecimiento mercantil que quebrante los sellos de clausura o suspensión. 
 
Asimismo, planteó que al titular o propietario de una casa-habitación en construcción que por sí o por interpósita persona, quebrante los sellos de clausura, se aplicará pena de seis meses a dos años de prisión y de 50 a 150 días multa.
 
El legislador del grupo parlamentario de MORENA precisó que de acuerdo con el Censo económico del INEGI del año 2009, en México hay 704 mil 640 trabajadores dedicados a la construcción, 90 por ciento son hombres y 10 por ciento mujeres, sin embargo, cada vez más mujeres incursionan en esta actividad. 
Finalmente, recordó que las obras de construcción emplean a un número importante de personas trabajadoras que a diario entregan su fuerza de trabajo con los riesgos que eso implica, en cuanto a su integridad física y personal, por ello es necesario proteger su fuente de trabajo y estabilidad.   

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