Propone GEM regular actividad de casas de empeño

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Toluca, Méx.- En busca de regular la apertura, instalación y funcionamiento de los establecimientos que otorgan préstamos en efectivo mediante contratos, con intereses y garantías prendarias, el Gobierno del Estado de México expidió la Ley que Regula las Casas de Empeño en el Estado de México, la cual brinda mayor certidumbre legal a los usuarios de este tipo de establecimientos.

            La subsecretaria de ingresos de la Secretaría de Finanzas, Blanca Esthela Mercado Rodríguez indicó que para garantizar un marco legal que supervise, vigile y norme las actividades de las casas de empeño, además de  ofrecer transparencia sobre las operaciones y evitar que caigan en manos de empresas informales, el gobernador Eruviel Ávila Villegas remitió a la Legislatura local una iniciativa de ley en esta materia, la cual permite un mayor control y protección para los usuarios.

            En la entidad, los establecimientos que ofrecen préstamo prendario han proliferado, derivado de que una gran parte de la población no cuenta con todos los requisitos para ser candidatos a un préstamo financiero o bancario, o bien requieren el dinero de inmediato y optan por los servicios que las casas de empeño les brindan.

            La funcionaria citó que esta ley entró en vigor el pasado 16 de octubre, por lo tanto, aquellos establecimientos que se encuentran en funciones, tendrán un plazo de 90 días para cumplir con las disposiciones contenidas en dicha norma y para operar o abrir este tipo de negocios, se deberá solicitar al gobierno estatal el permiso respectivo que se renovará cada año, será entregado por la Secretaría de Finanzas, esta llevará un registro  que será publicado anualmente, en el periódico oficial de la Gaceta de Gobierno.

            Entre otros puntos, esta ley estipula que el permisionario que tenga conocimiento de la comisión de posibles hechos delictuosos, está obligado a denunciarlos ante la Procuraduría General de Justicia del Estado de México; solicitar que se acredite la propiedad del bien empeñado, cuando el monto del préstamo exceda los tres mil pesos, con la finalidad de garantizar transparencia y formalidad. Se deja claro que la Secretaría de Finanzas es la autoridad responsable de la aplicación, interpretación y cumplimiento de esta normatividad.

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