CDMX, 28 de noviembre de 2022: Con la incorporación de árboles y áreas verdes en los predios es posible obtener una
reducción en el pago de este impuesto
A través del programa de Constancias de Reducción e Incentivos Fiscales, el Gobierno de la Ciudad de México ofrece la posibilidad a las y los capitalinos de tener un descuento en el pago del impuesto predial gracias a las áreas verdes.
Esto es posible si se tramita la Constancia de Preservación Ambiental, la cual se sustenta en el artículo 296 Bis del Código Fiscal de la CDMX.
La legislación capitalina en esta materia contempla que las personas que tengan en su inmueble árboles adultos vivos o áreas verdes no arboladas pueden tener un descuento del 25% en el pago del predial. Cabe especificar que, para esto, el arbolado o las áreas verdes deben ocupar al menos la tercera parte de la superficie del predio.
Como especificación, el gobierno capitalino establece que los árboles deben estar unidos a la tierra, por lo que el descuento no sería aplicable si estuvieran en macetas, macetones u otros recipientes similares.
Además, se les debe brindar un mantenimiento adecuado que cumpla con lo establecido en la normatividad ambiental.
Por otro lado, hay una posibilidad de tener un 10% de descuento en el pago del predial para quienes realicen la naturación del techo de su vivienda, siempre y cuando el sistema ocupe una tercera parte del total de la superficie.
De acuerdo con la Secretaría del Medio Ambiente (Sedema) de la CDMX, un sistema de naturación es el tratamiento técnico de superficies edificadas horizontales o inclinadas, individuales o agrupadas, mediante el cual se incorporan capas de medio de crecimiento y vegetación especialmente adaptadas a las condiciones físicas y climáticas del lugar en que se instala. En pocas palabras, consiste en crear una superficie vegetal inducida en áreas edificadas.
Conviene especificar que, para que un sistema de naturación sea contemplado por el gobierno capitalino para el descuento del impuesto, la vegetación debe cumplir con las siguientes características:
- Tener un desarrollo tapizante rápido y duradero
- Ser resistente a la acción del viento
- Soportar largos períodos de sequía
- Ser resistente a las temperaturas extremas de la zona
- Resistente a los niveles de contaminación del área urbana
- Resistente a radiaciones solares elevadas
Como recomendación para cumplir con estos requisitos, la dependencia capitalina sugiere la utilización de especies como césped, pastos silvestres, plantas cespitosas, plantas herbáceas, plantas subarbustivas, plantas suculentas y plantas perennes.
No obstante, la Sedema aclara que no se puede utilizar una sola especie vegetal en el sistema de naturación, sino que se deben incorporar distintas agrupaciones vegetales con el fin de “favorecer la viabilidad y la biodiversidad del sistema.
Además, para este supuesto, la Norma Ambiental NADF-013-RNAT-2017 prohíbe que se incluyan especies de plantas invasoras o exóticas, ya que eso podría afectar el desarrollo de otros ejemplares y resultaría contraproducente para el sistema de naturación.
En esta página es posible encontrar todos los detalles para realizar el trámite de la Constancia de Preservación Ambiental con la que el gobierno podría aplicar el descuento específico para cada caso.