CDMX, 17 de mayo 2023—Martí Batres, secretario de Gobierno de la Ciudad de México, arremetió contra el
Tribunal Electoral de Poder Judicial de la Federación (TEPJF) debido a una resolución en su contra emitida este miércoles.
Mediante redes sociales el funcionario emitió un mensaje dirigido al TEPJF en el que acusó de parcialidad y partidismo por la sanción que emitió en su contra debido que el organismo determinó que incurrió en faltas con la publicación de una serie de tuits acerca de la revocación de mandato.
“Dice el @TEPJF_informa que cometí una infracción porque subí un tuit alusivo a la revocación de mandato. ¡Qué tal! ¡Un tuit! Se confirma que es un órgano político, partidista, parcial, lejano de la ley”, publicó Batres este 17 de mayo.
En tanto el TEPJF aseguró que el secretario incurrió en infracciones debido a que realizó acciones que son exclusivas del Instituto Nacional Electoral (INE).
“La Sala Regional especializada determinó que el denunciado infringió las reglas establecidas para la difusión y promoción del procedimiento revocatorio, pues las publicaciones enunciadas promovían el mecanismo de participación, lo que corresponde exclusivamente al Instituto Nacional Electoral”, refirió el Tribunal Electoral.
La propuesta de resolución estuvo a cargo del magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera y contó con unanimidad de votos. Con ello quedó resuelta la queja emitida por el Partido de la Revolución Democrática (PRD), en la que acusaba a Batres de violación de las normas de promoción y difusión de la revocación de mandato, promoción personalizada en favor del presidente Andrés Manuel López Obrador y uso indebido de recursos públicos.
Es importante mencionar que se trata de una sentencia confirmatoria, lo cual significa que fue emitida con anterioridad por TEPJF. Sin embargo, tanto el PRD como Batres presentaron un juicio electoral en contra de la decisión.
El PRD solicitó una determinación sobre la existencia del uso indebido de recursos públicos y de proganda gubernamental. En tanto la solicitud de Batres era que el que el Tribunal Electoral cancelara la determinación de la vulneración a las normas electorales.
Tras la resolución de este miércoles, será la Secretaría de la Contraloría General de la Ciudad de México la que determine la sanción en contra de Batres.
En días anteriores el TEPJF emitió otra resolución en relación al proceso de revocación de mandato en la que López Obrador fue señalado como responsable indirecto de la difusión de propaganda durante el periodo de veda a propósito de este ejercicio democrático.
El motivo por el que se determinó la responsabilidad del tabasqueño es que no impidió que Víctor Manuel Villalobos Arámbula, titular de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural y Octavio Romero Oropeza, director general de Petróleos Mexicanos (Pemex) incidieran en la revocación de mandato en la conferencia de prensa del 7 de abril de 2022.
Y es que el Partido Acción Nacional (PAN) acusó ante el Tribunal Electoral que los funcionarios atentaron contra el principio de neutralidad al hacer mención de los beneficios del programa gubernamental de entrega de fertilizantes previo a que se llevara a cabo la consulta.
Cabe recordar que los resultados de la revocación de mandato fueron declarados inválidos debido a la falta de participación ciudadana necesaria. La consulta llevada a cabo el 10 de abril contó solo con una participación de solo el 17.77% de los electores que se tradujo en 16.5 millones de votos de los cuales el 91.86 eran a favor de la continuidad de López Obrador en el cargo.
Para que la consulta ciudadana tuviera validez y efectos jurídicos la condición era contar con la participación de por lo menos el 40% de las personas inscritas en la Lista Nominal de Electores en México.