Deberá PGR informar sobre delitos fiscales

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El IFAI solicitó a la Procuraduría General de la República (PGR) dar a conocer los números de expedientes y de los juzgados en los que se encuentran radicados los amparos por delitos fiscales.

El Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) pidió a la PGR buscar y dar a conocer el material correspondiente al periodo comprendido de mayo de 2011 a 2013, en respuesta al particular que solicitó dicho contenido.

Ello debido a que el sujeto obligado declaró la inexistencia de la información, argumentando tener únicamente funciones estadísticas que operan con sistemas ad hoc que no poseen rubros que puedan cuantificar o identificar esos datos.

En un comunicado, el IFAI explicó que el particular inconforme con la respuesta, presentó dos recursos de revisión turnados a la comisionada María Elena Pérez-Jaén, en los que manifestó que la PGR no había justificado la causa de la negativa de acceso.

En alegatos, la PGR manifestó que dar a conocer información relativa al número de expediente tendría como consecuencia vulnerar el sigilo y la secrecía de la averiguación previa, cuya difusión pondría en riesgo la vida, seguridad o salud de las personas.

Incluso consideró que mientras las resoluciones no causen estado (se declaren como cosa juzgada), brindar el contenido podría causar serio perjuicio a las actividades de verificación del cumplimiento de las leyes, prevención o persecución de los delitos.

Así como de impartición de justicia, recaudación de contribuciones, operaciones de control migratorio, y estrategias en procesos judiciales o administrativos.

También argumentó que pondría sobre aviso a los probables responsables de una investigación y, ante el conocimiento de ésta, podrían evadirse de la acción de la justicia y/o en su caso alterar o destruir la evidencia que permitiría el perfeccionamiento de las investigaciones.

Ante ello, el IFAI explicó que en el análisis del caso por la comisionada Pérez-Jaén, se observó que la PGR no precisó alguna causal de reserva en específico, contenida en la Ley Federal de Acceso a la Información Pública Gubernamental (LFTAIPG).

Tampoco advirtió de qué manera el hacer del conocimiento del particular el número de expediente, así como el juzgado en que se encuentra radicado un juicio de amparo, podría ocasionar los daños a que refiere el sujeto obligado.

Ello, toda vez que no entregarían datos de carácter confidencial o documentación reservada, como lo serían las actuaciones contenidas en dichos expedientes, o nombres de los involucrados, sino únicamente información numérica.

Sin embargo, la PGR por conducto de la Subprocuraduría de Control Regional, Procedimientos Penales y Amparo, hizo entrega de la información que ahora es motivo de impugnación, correspondiente al periodo que va de 2011 a junio de 2012.

Ante ello y por unanimidad del Pleno del IFAI aprobó la propuesta de la comisionada Pérez-Jaén de revocar la inexistencia e instruir a la Procuraduría General de la República a una nueva búsqueda en la citada subprocuraduría y entregar al particular la información solicitada.

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