Taxistas deberán sustituir vehículos 2004 y anteriores

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Con la finalidad de garantizar mejores condiciones de seguridad, calidad en el servicio y contribuir con la disminución de emisiones contaminantes, los propietarios de taxis modelo 2004 y anteriores deberán sustituir sus unidades cada diez años tomando como referencia la fecha de fabricación de cada vehículo. 

La Secretaría de Movilidad publicó en la Gaceta Oficial que a partir de este martes los propietarios de estas unidades destinadas a la prestación del Servicio de Transporte Público de Pasajeros, denominado Taxi, deberán proceder de manera obligatoria a sustituir sus automóviles actuales preferentemente por vehículos nuevos.

Los concesionarios que no opten por inscribirse programa, o que habiendo optado por dicha opción no puedan concluir satisfactoriamente su inscripción a cualquiera de sus modalidades, deberán de manera obligatoria tomar las medidas pertinentes para sustituir sus automóviles a más tardar el próximo 31 de diciembre.

Todo vehículo que se incorpore a la prestación del Servicio de Transporte Público Individual de Pasajeros en el Distrito Federal, deberá cumplir con las características, especificaciones, cromática, rótulos y medios de identificación oficiales, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal de fecha 26 de agosto de 2014.

Los propietarios que cuenten con vehículos modelo 2003 o anteriores, no podrán circular ni prestar el servicio, adicionalmente se iniciará el procedimiento de revocación de la concesión del servicio de transporte público individual de pasajeros del Distrito Federal.

Por el contrario quienes incurran circulado y prestando el servicio, se harán acreedores a multa de cincuenta y siete días de salario mínimo y remisión al depósito del vehículo.

Para obtener más información se podrá consultar la página

http://www.consejeria.df.gob.mx/index.php/gaceta

 

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