LA DIVISIÓN DE PODERES FRENA A DONALD TRUMP

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El control que representa la división de poderes, nace de la necesidad de dispersarle y ordenarle, pues el mismo (muchas veces arbitrario) yacía en unas solas manos: Las del monarca. Así  que cuando Montesquieu ideó esta figura en tiempos de la Revolución Francesa, otorgó equilibrio al

ejercicio del gobierno. Luego, en un pacto social se introdujo dentro de otra concepción: La Constitución. Así, con el poder limitado y la garantía de los derechos fundamentales, nacieron los estados modernos, donde tanto sociedad y gobierno estarían supeditados a lo indicado por este cuerpo normativo y además el mismo no podría ser contradicho por las leyes que emanaran   de él (principio de supremacía constitucional).

En Estados Unidos, la figura de las órdenes ejecutivas, permite al presidente tomar y llevar a cabo decisiones de manera unilateral, pues eluden el proceso legislativo que implica promulgar una ley y que por supuesto incluye que la propuesta del ejecutivo sea revisada por las cámaras que integran el Congreso (poder legislativo).  Dentro de esta cuestión y siguiendo el precedente que Barack Obama estableciera en su gestión  con 276 ordenes firmadas; Donald Trump encontró en este instrumento, la herramienta perfecta para cumplir con sus promesas de campaña de una manera inmediata y directa, sin embargo, ha sido la división de poderes que  conlleva todo orden constitucional moderno, y que también está presente en la carta magna de Estados Unidos, aquella que ha puesto limites a sus decisiones.

En el caso concreto, luego de ordenar a través de esta vía la salida de E.U. del Tratado Transpacífico, retomar la construcción del oleoducto Keystone XL y el muro fronterizo con México, parecía que el camino estaba allanado para las demás decisiones del magnate, sin embargo,  el Juez Federal James Robart suspendió el veto migratorio que Trump decretó sobre siete países de mayoría musulmana y que les prohibía la entrada tanto a refugiados como a nacionales, la medida según el representante del poder judicial, podría ir en contra de la primer enmienda de la Constitución Estadounidense que protege la libertad religiosa e incluso hay quienes también afirman que contradice la quinta enmienda garante de la protección igualitaria a los ciudadanos, pues es evidente la discriminación que se hace por el origen nacional. 

     La reacción del presidente de los Estados Unidos era de esperarse, inmediatamente a través de las redes sociales minimizo la labor y el criterio del Juez Federal refiriéndose a él de manera despectiva. La nota sin embargo, no debe de recalcar ese protagonismo malsano e infundado, sino enfocarse en los resultados del correcto ejercicio del orden constitucional y por sobre todo saber que el mismo no permitirá que nada ni nadie, llámese gobierno y ciudadanía este por encima de su correspondiente Constitución.