Hay muchas cosas que ocurren en las estructuras gubernamentales que por su
gravedad e injusticia merecen ser relatadas. Quizá este tipo de reseñas poco importen a los encumbrados personajes que ahora detentan las estructuras gubernamentales porque piensan que todo lo merecen, incluso el silencio cómplice de muchos comunicadores por el temor que han venido sembrado con la amenaza de desaparecer a los medios que les resultan desafectos, y que o se pliegan a las estrategias de adoctrinamiento o simplemente estarán destinados a la desaparición.
Pese a esas eventualidades hay hechos que se tienen que relatar por la natural gravedad que presentan, y por la flagrante violación de los derechos humanos y del derecho laboral. Patricia Moctezuma Lule es un miembro de la Generación 73-77 de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, y prestaba sus servicios en la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, organismo descentralizado de la Secretaria de Gobernación, cuyo objetivo principal es el respeto de los derechos humanos y de hacerlos valer ante las autoridades federales.
Habrá que decir que al frente de dicha comisión se encuentra Jaime Rochin, y ante el anuncio de la reducción de percepciones laborales a causa de una mal entendida cruzada para generar recursos para el sostenimiento de programas sociales en detrimento de quienes por su esfuerzo lograron obtener con sacrificios una carrera profesional, a los que han intentado defender su derecho en función de la responsabilidad que desempeñan, han sido agredidos de forma brutal con el anuncio de su destitución o remoción.
Es el caso de Patricia Moctezuma Lule, quien el siete de febrero interpuso juicio de amparo en contra de la discusión, aprobación, expedición, órdenes de publicación, circulación, observación y debido cumplimiento del decreto por,el que se expidió la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidoras Publicos y se adiciona el Código Penal Federal. Las autoridades responsables son la Cámara de Senadores y la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, y los Secretarios de Hacienda y Crédito Público. De Gobernación, y Comisionado Ejecutivo de Atención a Víctimas.
El,acto,reclamado es que no se aplique en perjuicio de Patricia Moctezuma Lule, es decir, que no opere en su perjuicio la reducción del sueldo sin fundar el hecho ya que al disminuir sus percepciones de forma discrecional se violentas derechos fundamentales como el derecho al trabajo, dignidad, derecho a la justicia, no reducción salarial, principio a la seguridad jurídica, inconstitucionalidad de la ley, principio de irreductibilidad salarial, y su derecho humano de proyecto,de vida.
El 13 de febrero el Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Amparo, en el juicio 344/2019-IV se otorga la suspensión provisional para efecto,de que sus percepciones queden igual, sin embargo le disminuyeron el sueldo. A partir del 13 de febrero se inició un agresivo acoso laboral en el que se le condicionaba su desistimiento, o simplemente la separarían del encargo. El 20 de febrero pasado se le otorgó la suspensión definitiva con respecto a sus percepciones laborales desde el 2018, y se niega respecto al seguro de gastos médicos mayores.
A partir de ahí comenzó el calvario. La corrieron porque ya no la dejaron pasar a las instalaciones del CEAV, no le cubrieron siquiera el importe de la última quincena, ni indemnización alguna, y por supuesto que esta decisión puede más que cualquier juzgador. No sé que piense Olga Sánchez Cordero, porque también fue parte de la misma Generación en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México. Si esta es la cuarta transformación prometida por Andrés Manuel López Obrador, no deja de ser una simple transformación del “quítate tú para ponerme yo”.
Para decirlo más claro, no es más que una simple transformación de cuarta, pero esto dura solamente seis años.
Al tiempo.
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