El Poder Tributario es la facultad del Estado por medio de la cual puede imponer a los particulares la obligación de aportar una parte de su riqueza para el ejercicio de las atribuciones que le están encomendadas. (Sergio Francisco de la Garza). El mismo se manifiesta cuando el Estado actuando dentro de su soberanía, determina cuales son los
hechos o situaciones que al cumplirse generarán un impuesto.
En el apartado C, numeral 7 del artículo 21 del Proyecto de Constitución para la Ciudad de México ciertamente se manifiesta esta potestad tributaria al mencionar: “Los incrementos en el valor del suelo derivados del proceso de urbanización, se considerarán parte de la riqueza publica de la ciudad. El Gobierno de la Ciudad de México establecerá los instrumentos para su recuperación, considerando: la distribución equitativa de las cargas y beneficios que imponga el ordenamiento territorial; su aplicación equitativa en beneficio de la población de menores ingresos, su destino a la zona que los genera y a las áreas más degradadas de la ciudad y facilitar el acceso al suelo y el mejoramiento del hábitat y la vivienda social”.
Cuando el 15 de septiembre de este año Miguel Ángel Mancera entregó en la Casona Xicontécatl (antigua sede del Senado) la propuesta en cuestión redactada por personajes como Cuauhtémoc Cárdenas, Porfirio Muñoz Ledo, Ifigenia Martínez o Miguel Barbosa Huerta; tal vez nunca pensó en las repercusiones que pudiera tener el artículo citado, el cual básicamente da a entender: Que la plusvalía (aumento en el valor de los inmuebles) generada por las obras de mejora gubernamentales consistentes en la inversión en transporte o servicios públicos, correspondería ser cobrada y administrada por el mismo Gobierno de la Ciudad. Situación que de inmediato supuso un contundente golpe al sistema inmobiliario capitalino y en cuestión de horas se convirtió en tendencia dentro de redes sociales, en noticia nacional.
Una presión mediática de tal magnitud, generó primeramente términos como: fines confiscatorios, nuevo impuesto, doble tributación, e inmediatamente después, un debate en el que finalmente y como era de esperarse la Comisión de Desarrollo Sostenible de la Asamblea Constituyente (encargada de revisar y aprobar el proyecto de Miguel Ángel Mancera) terminó desechando el numeral aludido.
La cuestión que debemos resaltar en todo este suceso, no es propiamente la medida propuesta, que nació muerta por sus características negativas; sino la intención y el pensamiento de aquellos quienes la pusieron ahí, quienes tratando de usar el poder tributario para un fin como el descrito, contradijeron absolutamente todos los postulados, de modernidad y progreso con los que anunciaron la nueva Carta Magna, dejando ver con ello que el Jefe de Gobierno se reputa de izquierda pero en sus medidas recaudatorias piensa como de derecha.