Paridad de género para la presidencia 2030

De acuerdo a lo que señala la Constitución, la paridad de género debe darse en todos los cargos públicos.

 

Así lo dice el artículo 35 en su fracción segunda, al referirse a los derechos de la ciudadanía:

“Poder ser votada en condiciones de paridad para todos los cargos de elección popular, teniendo las calidades que establezca la ley”.

Por lo tanto, la paridad de género incluye la presidencia de la República.

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ya advirtió que para el 2030 deberá aplicarse dicha paridad.

Nadie se quejó en 2024 porque las principales contendientes de la elección presidencial son mujeres.

Está pendiente que el poder legislativo determine el procedimiento para que prospere la paridad.

Según el tribunal electoral, en caso de no hacerlo, tocará al INE hacer efectiva la paridad.

Tema controvertible, no es simple, podría estar el juego el derecho de todos y todas las mexicanas de elegir libremente.

Si el criterio para el 2030 es que también sea mujer (la segunda), porque es abismal la desigualdad que existe en el cargo presidencial, toda vez que ha sido ocupado por más de 60 varones, entonces los partidos estarían obligados a postular únicamente mujeres.

Los ciudadanos y ciudadanas no tendrían la posibilidad de elegir un varón dentro de seis años.

Todavía hay tiempo para que los próximos 128 senadores y 500 diputados, que serán electos en el mes de junio, sopesen el asunto y tomen la mejor decisión para nuestro país.

Arturo Zárate Vite

@zarateaz1

arturozarate.com

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