Derechos políticos suspendidos

Es quizás una de las negligencias menores que llegan a cometer juzgadores pero que no deja de ser injusta, defecto

del sistema de justicia del que nadie pareciera ocuparse y menos hacerse responsable.

Quitarle los derechos políticos a un acusado cuando todavía su caso no se ha cerrado ni ha quedado firme la sentencia es castigo injusto, resultado de un proceso viciado desde su origen.

Resulta que la magistrada Graciela Guadalupe Rodríguez Escobar en diciembre del 2002 decidió dar por terminado un caso y ordenar la reclusión del presunto responsable cuando éste había empezado trámite para llevar su asunto a la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Para la magistrada lo único que faltaba era meterlo a la cárcel y hacerle pagar la sentencia dictada.

Se dispuso también quitarle derechos políticos, o sea, el derecho de votar y ser votado.

Rodríguez Escobar tuvo que rectificar, dar marcha atrás a su pretensión de internamiento que ejecutó en diciembre, mes vacacional, cuando abogados o defensores y los mismos juzgadores, disminuyen su actividad. De no ser porque los abogados estaban alertas, desde entonces el afectado estaría en prisión.

Lo que no se corrigió fue la eliminación de los derechos políticos. El acusado se dio cuenta hasta que acudió a votar en 2024, ya no estaba en la lista nominal. Injustica que se puede ver menor.

No lo es, es la punta del iceberg de los defectos del sistema de justicia mexicano que urge revisar.

El caso todavía no se cierra ni queda firme; ahora está empantanado por el paro de actividades, empleados que están inconformes y en contra de la reforma judicial.

Arturo Zárate Vite

Twitter y TikTok: @zarateaz1

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