Es un asunto que llegó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) por el cúmulo de graves violaciones
a los derechos humanos durante el desarrollo del proceso penal. De haberse actuado conforme a Derecho y con estricto apego a la imparcialidad, hace varios años que estuviera cerrado el caso. Ya está en la Corte y tiene el número 246/2023 (Amparo Directo en Revisión).
El imputado, de profesión periodista, obtuvo dos resoluciones de inocencia de distintas autoridades. La contraparte nunca apeló en el plazo establecido por la ley, a pesar de que fue notificada personalmente.
Fuera de tiempo, sin respetar el principio de definitividad, el Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito en la Ciudad de México, reabrió el proceso y lo revirtió en contra del periodista.
El tribunal incurrió en error jurídico que no prescribe; lo cometió en contra de sus propios criterios establecidos por unanimidad. Perdió la línea recta que debe caracterizar su desempeño. De ser corregido, quedará firme la resolución de inocencia obtenida por el imputado.
Hay consenso de la sociedad en lucha que lleva a cabo en defensa de las mujeres. Lo que no se vale es la utilización de esta bandera para lastimar inocentes.
Tampoco la mentira puede ser admitida en los criterios para impartir justicia con perspectiva de género.
El caso amerita revisión exhaustiva, porque entre las agravantes están la tortura y la violación al artículo 19 de la Constitución.
La Recomendación de la CNDH 27/2013 revela detalles de los atropellos que deberán de revisarse para que prevalezca la justicia.
Arturo Zárate Vite
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@zarateaz1
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