“Cosa juzgada” no se respetó.

Se supone que en México nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo delito e imposible cuando el asunto ya ha

sido declarado como “cosa juzgada” por la propia autoridad judicial.

Este es un testimonio que fortalece la necesidad de la reforma al sistema de justicia.

El diccionario de la Real Academia Española define “irrevocable” como algo que “no se puede revocar o anular”. Cita como sinónimos “inapelable, definitivo, inexorable, decidido y resuelto”.

Sería incorrecto generalizar y dar por hecho que por un solo caso todo está echado a perder en el poder judicial.

Involuntaria o voluntariamente en esta historia está involucrada la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que el pasado 26 de junio del año en curso rechazó el amparo directo en revisión 246/2023 y dejó firme sentencia condenatoria contra periodista mexicano.

Con fecha del 15 de diciembre de 2016 el Juzgado Primero de Distrito de Procesos Penales Federales en la Ciudad de México, emitió acuerdo sobre la causa penal 103/2012-II que concluye:

“En consecuencia, con sustento en la última parte párrafo primero del artículo 102 de la legislación procesal aplicable, se declara que dicho fallo es irrevocable y por ende, ha causado ejecutoria para los efectos legales a que haya lugar”.

¿Cuál es ese fallo?

Dos declaraciones de inocencia a favor del periodista.

El proceso penal fue reabierto indebidamente por el Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito de la Ciudad de México y se revirtió en contra del comunicador.

A base de amparos y después de 11 años el asunto llegó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

El periodista ha decidido solicitar el indulto al presidente Andrés Manuel López Obrador.

Arturo Zárate Vite

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