Los peligros de la obediencia
La Constitución señala de manera clara en su artículo 97 que cada 4 años, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia elegirá de entre sus miembros al Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el cual no podrá ser reelecto para un período inmediato posterior. El asalto